Ley 4/2026: qué cambia en la educación inclusiva y cómo citarla en tus oposiciones
Javier · Faro Oposiciones · 15 de octubre de 2026
Hay normas que conviene conocer antes que el resto de opositores. La Ley 4/2026, de 1 de octubre, es una de ellas: reforma el derecho a la educación de las personas con discapacidad y entra en vigor el 23 de octubre de 2026. Esto es lo que cambia.
Qué es y a qué afecta
La Ley 4/2026 modifica, entre otras normas, el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013. El cambio que más importa a un maestro está en su artículo 18, el que regula el derecho a la educación.
Lo que dice el nuevo artículo 18
Sus tres apartados se pueden resumir así:
- 18.1: las personas con discapacidad tienen derecho a una educación inclusiva y universalmente accesible, de calidad y gratuita, en los mismos espacios y con los apoyos necesarios para garantizar su presencia, participación y progreso.
- 18.2: las administraciones educativas deben asegurar un sistema inclusivo, con apoyos y ajustes razonables individualizados, conforme a los principios de diseño para todos y accesibilidad universal.
- 18.3: la escolarización en centros de educación especial solo se llevará a cabo de forma excepcional, debidamente motivada y acreditada, teniendo siempre en cuenta la opinión de las familias, escuchando al alumnado y respetando la voluntad de las familias que prefieran el régimen más inclusivo.
Por qué es importante para tu oposición
La rúbrica de los tribunales valora que el contenido esté actualizado y fundamentado en la normativa vigente. Citar una ley de octubre de 2026 en un tema de atención a la diversidad o en un supuesto con alumnado con discapacidad demuestra que estás al día, algo que muy pocos temarios recogerán a tiempo.
Dónde y cómo citarla
Encaja de forma natural junto a la LOMLOE, que adopta la educación inclusiva como principio fundamental (artículo 4.3) y define al alumnado con necesidades educativas especiales desde las barreras que limitan su presencia, participación o aprendizaje (artículo 73.1). Una forma sencilla de citarla:
«Además, la Ley 4/2026, de 1 de octubre, ha dado nueva redacción al artículo 18 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad: reconoce el derecho a una educación inclusiva en los mismos espacios y con los apoyos necesarios».
Úsala en los temas de atención a la diversidad, en los supuestos con alumnado con discapacidad y, si te presentas a Pedagogía Terapéutica o Audición y Lenguaje, en casi todo el temario.
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